miércoles, 27 de agosto de 2014

Tips de Maquillaje para la mujer ejecutiva de hoy


Tips de Maquillaje para la mujer ejecutiva de hoy

¿Cómo maquillarse para el éxito? ¿Cuál es el maquillaje ideal para la mujer ejecutiva?


Juntas, eventos, reuniones, de esto y más se conforma la agenda de una mujer ejecutiva, además de estar al pendiente en todo momento sobre las actividades de la empresa o negocio, toma de decisiones, delegar responsabilidades, estar rodeada de gente la mayor parte de su tiempo. Y su apariencia personal debe de lucir impecable como en las primeras horas en que llega a su lugar de trabajo.
Brindamos unos prácticos y sencillos consejos para que su maquillaje esté a la perfección en todo momento y para toda ocasión.

Consejos de maquillaje

1. La piel debe lucir radiante y para ello una limpieza facial es lo primero que se debe hacer. Antes de ir a dormir se debe retirar todo el maquillaje del rostro, se debe limpiar perfectamente bien y tonificar con alguna loción astringente como el agua de rosas.

2. Es aconsejable que por la mañana con la piel limpia y después de tonificarla, se realice un breve masaje con las yemas de los dedos, dando pequeños golpecitos en el rostro, así como haciendo círculos de adentro hacia afuera desde la barbilla hasta la frente.

3. Aplicar una base de maquillaje que ayude a cerrar los poros y retenga la humedad de la piel, de esta manera el maquillaje podrá durar más.

4. Se recomienda usar correctores en crema en tonos naturales para corregir ojeras y sombras, aplicar en el contorno de los ojos. El corrector en un tono un poco oscuro a diferencia del maquillaje que se use, servirá para corregir volumen.

5. Usar iluminador para resaltar aquellos puntos de luz de manera natural. La parte alta del pómulo, de manera más ligera sobre la barbilla, sobre las cejas y el entrecejo son de las áreas que se deben de iluminar.

6. Para los ojos se debe de iniciar usando dos sombras una clara y una oscura. El maquillaje de los ojos inicia con la aplicación de la sombra clara en todo el párpado y la oscura en el exterior del ojo para dar un poco de volumen extendiéndola con un pincel o con la yema de los dedos. Es importante elegir un tono que además de combinar con el tono de la piel vaya de acuerdo a color de la ropa. Al maquillar la parte inferior del ojo con la misma sombra adquiere un efecto natural.

7. El lápiz negro o en tono marrón oscuro ayudará a darle un efecto de profundidad a la mirada, para ello hay que aplicarlo al rededor del ojo.

8. Aplicar rimmel a las pestañas, se recomienda usar el de preferencia, sin olvidar que existen aquellos para dar volumen, rizarlas, alargarlas.

9. Para los labios una de las partes fundamentales del rostro se recomienda darle un toque de brillo con un gloss transparente o en tonos rosas.

10. Los polvos traslucidos sirven para matizar, se deben de usar más claros que el fondo del maquillaje para poder conseguir el efecto, se debe de iniciar por la barbilla de preferencia aplicar con una Brush (brocha para maquillaje), pasándola muy ligeramente por la piel, apenas rozando.

11. Peinar las cejas para darle uniformidad con el maquillaje de los ojos y el toque final se da con el rubor esparciéndolo sobre las mejillas con una Brush.

Herramientas básicas para maquillarse

• Bases
• Brochas, pinceles y lápices
• Correctores
• Delineadores/mascaras-rimmel
• Esponjas de corrección
• Esmaltes
• Labiales y Gloss
• Bases de maquillaje
• Rubor
• Sombras
• Iluminadores
• Depiladores faciales
• Cepillos para cejas

La imagen de la mujer ejecutiva se verá en todo momento estupenda, la imagen es la principal llave que puede abrir todas las puertas.

Fuente: QuimiNet.com

martes, 5 de agosto de 2014


10 trucos de imagen personal para verte más alto

1 – Los pantalones que son muy largos reforzarán una baja estatura. Siempre procura que el ruedo o la costura del tobillo, llegue cómodamente hasta el borde superior de la suela de tu zapato cuando estás de pie. Si al ponerte el pantalón el ruedo llega casi hasta el piso, es demasiado largo.
zapatos
2 – Evita las camisas que son demasiado largas; cuando te las pongas, los puños deben cubrir hasta tus muñecas (no invadir la palma o el dorso de la mano). Otro indicador es que no deben ser más largas que la altura de tu entrepierna.
3 – Un cuello de camisa en V crea la ilusión de un cuello más alargado y por ende, mayor estatura. Cuellos tortuga o bufandas tienen el efecto contrario.
4 – Mientras las corbatas son más delgadas y rectas, tu torso se estirará visualmente.Evita las corbatas anchas y los corbatines.
corbata
5 – Si usas el cabello largo, éste hace ver al cuello más corto de lo que es. Consulta con tu estilista qué opciones tienes para el corte correcto.
6 – Los sacos y las chaquetas deben ser proporcionales a tu estatura. Demasiado grandes, y dará la misma impresión que el punto 2. Demasiado pequeño y se “recortará“ tu estatura.
Como regla general, ponte el saco de pie y relajando los brazos a los lados, el borde inferior del mismo debe estar a la altura de la raíz de tu pulgar.
gabardina
7 – Las telas más pesadas y claras refuerzan la baja estatura. Usa telas más finas y tonos oscuros para tus trajes o ropa casual.
8 – Vístete con gamas de colores limitados, por ejemplo: unos pantalones gris oscuro con una camisa gris claro. Evita los colores puros o muy vivos.
Sin embargo, puedes combinar un traje gris oscuro con una camisa blanca y una corbata del color que gustes.
9 – Las líneas verticales también te ayudan a alargar visualmente tu cuerpo.
lineas
10 – Por último, usa zapatos de suela gruesa y busca plantillas invisibles para aumentar tu estatura.
Recuerda que no importa lo que tengas puesto, lo más importante es maximizar tu estatura con una buena postura.

Fuente:
Alejandra Villamediana / 23 de enero 2014 en Imagen Personal
Universidad Corporativa / Fundación Lenguaje Corporal

viernes, 25 de julio de 2014



Felices Fiestas Patrias?

Estamos ante el inicio del cuarto año de gobierno del Sr. Ollanta Humala Tasso y se nos viene a la mente la incertidumbre al inicio de su gobierno, cuando se debatía la coyuntura política entre los vaivenes de la Gran Transformación y la Hoja de Ruta.

Han pasado 3 años y hemos sido testigos de varios temas que en materia de trabajo han sido insuficientes para reforzar el espíritu "inclusivo" con que inició fuegos este gobierno.

Hasta la fecha solo dos leyes de envergadura en materia laboral se han promulgado y ambas revestidas de polémica tanto en el ámbito político-social como en el laboral. También debemos mencionar la Ley Servir para el sector público, la que desmenuzaremos en otro blog posteriormente.

Nos referimos a la Ley de Seguridad y Salud en en Trabajo, que para muchos entendidos es una copia fiel de la legislación laboral en salud de España y que por lo mismo y atendiendo a las diferencias socio-económicas, no se adecuaba a nuestra realidad laboral ni empresarial y que exigía demasiados requisitos a las empresas peruanas, que en gran mayoría no estaba preparada para asumir los costos que representaba esta adecuación, además de generar la consabida "cultura en seguridad", la cual como podemos deducir no se obtiene por decreto sino con la debida capacitación. El tiempo ha demostrado que cambios de este tipo se tienen que hacer en forma paulatina, y por eso es que se han dado algunas medidas que flexibilizan la norma y que no tienen mas de una semana de haber sido publicadas. Sin embargo consideramos positivo el avance que tiene como fin proteger la vida y salud de los trabajadores y que el Estado principalmente debe realizar esta labor de concientización y enseñanza.

La otra ley se refiere a las modificaciones en el Sistema Privado de Pensiones, que en la búsqueda de obtener mejores condiciones a los afiliados, el gobierno se ha visto envuelto en un tema para el cual no estaba preparado. Casi provoca el colapso del sistema, en favor de una nueva AFP, que en teoría se ha visto beneficiada por el hecho de ofrecer menores tasas de descuento a los trabajadores. Bien sabemos que una sólida fuente o fondo de pensiones se construye con mejor rendimiento y aliento a la inversión y no con menores descuentos. Pero aún se requieren mayores y mas convenientes modificaciones al sistema, sobre todo tomando en cuenta la disponibilidad y edad considerada para disfrutar de una pensión mas o menos digna para los pensionistas bajo este nuevo régimen.

No mencionamos la entrada en vigencia de SUNAFIL, ya que nos parece que es un cambio de nombre en la estructura interna del ministerio de trabajo, habrá que ver con el tiempo si en verdad cumple esta nueva entidad con su rol tutelar, y antes que fiscalizar y sancionar, se preocupe de capacitar, recomendar y proponer a las empresas los cambios que se necesitan para garantizar un mayor equilibrio y por ende un crecimiento en armonía y paz laboral.

Aún queda mucho por hacer. Los últimos dos años se han caracterizado por estar convulsionados por las protestas laborales de trabajadores del estado y de conflictos sociales, los que han esperado el primer año de gestión para ver si la "gran transformación" se volvía realidad, cosa que hemos visto solo fue una oferta electoral, que menos mal no se llevó a cabo, ya que los efectos multiplicadores resultantes hubieran sido inimaginables, inclusive en perjuicio de las justas reclamaciones que el sector laboral realiza.

Aún el sector formal es mucho menor que el informal. La fiscalización laboral y fiscal, más que presionar al sector formal, debe centrarse en encausar al informal para que ajustándose a derecho, pueda generar mayor equidad y lograr la verdadera inclusión social que el país necesita.

Ojalá este mensaje de 28 de Julio, traiga consigo algunas luces esperanzadoras y no medidas populistas en vísperas de año electoral.

Felices Fiestas Patrias a todos nuestros compatriotas !!


domingo, 20 de julio de 2014


LEY Nº 30222

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 29783, LEY DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar diversos artículos de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley 29783 con el fi n de facilitar su implementación, manteniendo el nivel efectivo de protección de la salud y seguridad y reduciendo los costos para las unidades productivas y los incentivos a la informalidad.

Artículo 2.
Modificación de los artículos 13, 26, 28,32, inciso d) del artículo 49, 76 y cuarta disposición complementaria modificatoria de la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Modificase los siguientes artículos, tal como se detalla a continuación:

“Artículo 13. Objeto y composición de los Consejos Regionales de Seguridad y Salud en el Trabajo (...) d) Tres (3) representantes de los empleadores de la región, de los cuales uno (1) es propuesto por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP), dos (2) por las Cámaras de Comercio de cada jurisdicción o por la Cámara Nacional de Comercio, Producción, Turismo y Servicios – Perucámaras y uno (1) propuesto por la Confederación Nacional de Organizaciones de las MYPE, según se especifique en el Reglamento”.

“Artículo 26. Liderazgo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad del empleador, quien asume el liderazgo y compromiso de estas actividades en la organización. El empleador delega las funciones y la autoridad necesaria al personal encargado del desarrollo, aplicación y resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, quien rinde cuentas de sus acciones al empleador o autoridad competente; ello no lo exime de su deber de prevención y, de ser el caso, de resarcimiento.

Sin perjuicio del liderazgo y responsabilidad que la ley asigna, los empleadores pueden suscribir contratos de locación de servicios con terceros, regulados por el Código Civil, para la gestión, implementación, monitoreo y cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con la Ley 29245 y el Decreto Legislativo 1038”.

“Artículo 28. Registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (...)
En el reglamento se establecen los registros obligatorios a cargo del empleador, los que pueden llevarse por separado o en un solo libro o registro electrónico. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y las entidades o empresas que no realicen actividades de alto riesgo, llevarán registros simplificados. Los registros relativos a enfermedades ocupacionales se conservan por un periodo de veinte (20) años”.

“Artículo 32. Facilidades de los representantes y supervisores
Los miembros del comité paritario y supervisores de seguridad y salud en el trabajo tienen el derecho a obtener, previa autorización del mismo comité, una licencia con goce de haber para la realización de sus funciones, de protección contra el despido incausado y de facilidades para el desempeño de sus funciones en sus respectivas áreas de trabajo, seis meses antes y hasta seis meses después del término de su función.
Las funciones antes señaladas son consideradas actos de concurrencia obligatoria que se rigen por el artículo 32 de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo. La ampliación de la licencia sin goce de haber requiere la opinión favorable del comité paritario”.

“Artículo 49. Obligaciones del empleador
El empleador, entre otras, tiene las siguientes obligaciones:
(...)
d) Practicar exámenes médicos cada dos años, de manera obligatoria, a cargo del empleador.
Los exámenes médicos de salida son facultativos, y podrán realizarse a solicitud del empleador o trabajador. En cualquiera de los casos, los costos de los exámenes médicos los asume el empleador. En el caso de los trabajadores que realizan actividades de alto riesgo, el empleador se encuentra obligado a realizar los exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral. El reglamento desarrollará, a través de las entidades competentes, los instrumentos que fueran necesarios para acotar el costo de los exámenes médicos”.

“Artículo 76. Adecuación del trabajador al puesto de trabajo
Los trabajadores tienen derecho a ser transferidos en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud, sin menoscabo de sus derechos remunerativos y de categoría; salvo en el caso de invalidez absoluta permanente”.

“DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS
(...)
CUARTA. Modificase el artículo 168-A del Código Penal, con el texto siguiente:

Artículo 168-A. Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud en el trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en éstas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.
Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave.
Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del trabajador.”

Artículo 3. Vigencia
La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.

Privilegio de la prevención y corrección de las conductas infractoras
En el marco de un enfoque preventivo de la política de inspección del trabajo se establece un plazo de tres (3) años, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ley, durante el cual el Sistema de Inspección del Trabajo privilegia acciones orientadas a la prevención y corrección de conductas infractoras.
Cuando durante la inspección del trabajo se determine la existencia de una infracción, el inspector de trabajo emite un acto de requerimiento orientado a que el empleador subsane su infracción. En caso de subsanación, en la etapa correspondiente, se dará por concluido el procedimiento sancionador; en caso contrario, continuará la actividad inspectiva.
Durante el periodo de tres años, referido en el primer párrafo, la multa que se imponga no será mayor al 35% de la que resulte de aplicar luego de la evaluación del caso concreto sobre la base de los principios de razonabilidad, proporcionalidad así como las atenuantes y/o agravantes que correspondan según sea el caso. 
Esta disposición no se aplicará en los siguientes supuestos:
a) Infracciones muy graves que además afecten muy gravemente: i) la libertad de asociación y libertad sindical y ii) las disposiciones referidas a la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.
b) Infracciones referidas a la contravención de: i) la normativa vigente sobre la protección del trabajo del niño, niña y adolescente, cualquiera sea su forma de contratación, y ii) la normativa vigente sobre prohibición del trabajo forzoso u obligatorio.
c) Infracciones que afecten las normas sobre seguridad y salud en el trabajo, siempre que hayan ocasionado muerte o invalidez permanente al trabajador.
d) Actos de obstrucción a la labor inspectiva, salvo que el empleador acredite que actuó diligentemente.
Actos de reincidencia, entendiéndose por tal a la comisión de la misma infracción dentro de un periodo de seis meses desde que quede firme la resolución de sanción a la primera.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA.
Normativa complementaria
Mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, y con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictan las disposiciones complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la disposición complementaria transitoria de la presente Ley, que incluye el desarrollo de las excepciones a que se refiere el último párrafo de la referida disposición complementaria transitoria.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.
Derogación
Deróganse o déjanse sin efecto, según el caso, las normas que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de julio de dos mil catorce.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República

MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República

RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros

martes, 1 de abril de 2014

Como conseguir mejores condiciones de trabajo y no morir en el intento


Mucho se ha dicho sobre como debemos "negociar" una mejora de condiciones o un aumento de salario con nuestro empleador y existen algunas ideas equivocadas y tabúes de como debemos afrontar semejante tarea.

Sin embargo podemos resumir en 7 puntos importantes a tomar en cuenta y que son de fácil ejecución por parte de cualquier interesado en mejorar realmente.

1. Conocer la empresa
Si queremos dar pasos adelante en la empresa, debemos procurar conocerla bien. Sería ilógico si vamos a pedir una mejora, nos pregunten algo sobre la compañía y no sepamos que responder. Procuremos conocer por lo menos su visión, misión, objetivos principales, productos o servicios brindados y clientes principales, esto es básico. Si no los conocemos pues preguntemos, eso demostrará interés por nuestra organización.

2. Conocer nuestra área o departamento
Así como es importante conocer la empresa, es más importante conocer nuestro departamento, su visión y misión, su estructura, rol y funciones principales de los integrantes, fortalezas y oportunidades de mejora, proveedores y clientes de la misma. Hacer un previo análisis situacional nos ayudará a identificar mejor cuál es la importancia de nuestro departamento en la organización. En este caso es más fácil identificar los puntos ya que la información está a nuestro alcance.

3. Conocernos nosotros mismos
Este es el punto medular de la negociación.

Para poder pedir mejoras, debemos asegurarnos primero de conocer estos tres puntos:

  • Conocer muy bien nuestro perfil profesional (identificar nuestras fortalezas y debilidades). Probablemente en la negociación se enfoquen en que puntos debemos mejorar, se sorprenderán cuando les digamos que ya los conocemos y que hemos trazado un plan de mejora (que tiene que ser real)
  • Conocer los logros obtenidos en la empresa (que hemos logrado de positivo para la empresa, identificarlos sin exagerar). No debemos indicar "yo lo hice", si no "lo hicimos", destacando de esta manera nuestro concepto de trabajo en equipo.
  • Preparar una lista de aportes que podemos dar a la empresa (en adelante, que más podemos lograr para la empresa, una especie de respuesta anticipada a la pregunta que nos harán sobre que más puedes hacer por la empresa)

4. Conoce el mercado y se equilibrado
Es importante conocer como anda el mercado, en las empresas del sector como están pagando a tus pares o similares. Ayúdate con conocidos y amigos para tener algunas referencias considerando el giro, tamaño y si las conoces, las ventas que realiza tu empresa.
También es importante que sepas plantear un ajuste equilibrado y sin exagerar para que no corras el riesgo de que no acepten tu propuesta.
No plantees la antigüedad, porque eso no es medular, céntrate en los logros obtenidos y en los aportes que puedes hacer en el futuro.

5. Conoce la actualidad de la empresa
No todos los momentos son buenos para pedir una mejora. Algunas empresas tienen una política definida y tienen fechas específicas para plantear mejoras, para lo cual tendrás que anticiparte, y otras no, y en este caso prepárate adecuadamente con todo tu "armamento" argumentativo. Considera que en momentos de crisis no es prudente plantear mejoras para que no te expongas a que te consideren inoportuno y que no tienes conciencia de la realidad empresarial y recibir como respuesta "el próximo año hablamos".

6. Ya en la reunión

  • Plantea formalmente una reunión con tu jefatura, procura que la agende para que puedan tener el tiempo adecuado para conversar.
  • No olvides repasar punto por punto lo mencionado líneas arriba
  • Siéntete tranquilo y relajado, no hay motivo para tensionarse, piensa que es un intento y no hay peor lucha que la que no se hace.
  • Lleva la reunión en un tono cordial y amistoso, estás hablando con la persona con la que probablemente pasas la mayor parte del tiempo.
  • Plantea los puntos en forma tranquila y alturada, observando siempre los ojos de tu interlocutor, mantén un tono equilibrado en tu voz.
  • Empieza y termina la reunión con un saludo y un fuerte y corto apretón de manos.
  • Agradece al final el tiempo que te han destinado. 

7. Perseverancia
No siempre se obtiene el éxito al primer intento. Si la respuesta es negativa, no te sientas frustrado ni enojado, ésta es una mala señal y puede ser parte de tu evaluación. Al contrario, agradece el tiempo que te han destinado para escucharte y déjales saber que te interesa aportar a la empresa y mejorar dentro de la misma. Pregunta sin miedo a tu interlocutor, generalmente tu jefe, que le pareció la argumentación y que le gustaría que mejore en su desempeño, muchas veces tenemos miedo a esa respuesta, pero casi nunca hacemos la pregunta.

Finalmente, si comprobamos que es imposible encontrar un espacio para ejecutar lo antes expresado, o no encontramos espacio para plantear mejoras, o la empresa hace oídos sordos ante este tipo de situaciones, hay que evaluar si estamos en la empresa correcta o es la que más nos conviene. 

Sin embargo, no dejemos de practicar los puntos detallados, ya que se convertirá en un sano hábito que nos ayudará a crecer profesionalmente, si no en la actual, en otra organización.

jueves, 12 de diciembre de 2013

Sabes como se calcula tu gratificación?


En este blog te indicamos que debes tomar en cuenta para verificar si el cálculo de gratificación legal de Fiestas patrias o Navidad está bien realizado.

Esta información servirá tanto a empleadores como trabajadores como una guía práctica de cálculo.

Primero debemos diferenciar que no todas las empresas están obligadas a pagar las gratificaciones legales de Fiestas Patrias y Navidad de la misma forma.

Para las empresas del régimen laboral de la actividad privada (sean empresas estatales o privadas), el calculo se toma en base una REMUNERACION COMPUTABLE, y a razón de 1/6 de ésta por cada mes completo de servicios:
  • De Enero a Junio, en el caso de las gratificación de Julio (a pagar hasta el 15 de julio)
  • De Julio a Noviembre, en el caso de las gratificación de Diciembre (a pagar hasta el 15 de diciembre)

Para las empresas estatales del régimen público, se determina un monto fijo por decreto, para este mes de diciembre el monto es de S/. 300.00, que repetimos, aplica solo para el régimen público.

Para las MYPES y trabajadores del hogar, el monto a calcular equivale al 50% de la gratificación del régimen privado regular.

En otro blog trataremos los regímenes especiales que se regulan por sus propias normas (agrario, portuario, pesquero, construcción civil).

Están comprendidos en esta ley (Ley N° 27735 y su reglamento D.S. N° 005-2002-TR) los trabajadores propiamente que se encuentren registrados en planilla independientemente de su condición contractual, así comprende a trabajadores:
  • Con contrato a plazo indefinido (estables)
  • Con contrato sujeto a modalidad (plazo fijo)
  • Con contrato a jornada parcial (part time)
  • Con contrato a plazo fijo del Régimen de Exportación no Tradicional
  • Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajadores
 Los trabajadores que perciben este concepto o similar por ley especial, negociación colectiva o costumbre se mantendrán bajo su norma especial.

REMUNERACION COMPUTABLE (RC):
El monto de cada una de las gratificaciones es equivalente a la remuneración que perciba el trabajador en la oportunidad en que corresponde otorgar el beneficio. 

Para este efecto, se considera como remuneración, a la remuneración básica y a todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea su origen o la denominación que se les dé, siempre que sean de su libre disposición. Se excluyen los conceptos contemplados en el Artículo 19 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios. 
Fuente: Análisis Laboral - Noviembre 2013

  1. Remuneración regular. Se considera remuneración regular aquella percibida habitualmente por el trabajador, aun cuando sus montos puedan variar en razón de incrementos u otros motivos. Tratándose de remuneraciones de naturaleza variable o imprecisa, se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido, cuando menos, en alguna oportunidad en tres meses durante el semestre correspondiente. Para su incorporación a la gratificación se suman los montos percibidos y el resultado se divide entre seis. (En este punto el Art. 17 del TUO del Dec.Leg 650 establece que las comisiones y destajo constituyen remuneración principal imprecisa y no requiere del requisito de regularidad por lo que basta haberla percibido en un mes para que se promedie en la RC)
  2. Remuneración imprecisa. El monto de las gratificaciones, para los trabajadores de remuneración imprecisa, se calculará en base al promedio de la remuneración percibida en los últimos seis meses anteriores al 15 de julio y 15 de diciembre, según corresponda, es decir:
  • Gratificación de Julio (de enero a junio)
  • Gratificación de Diciembre (de junio a noviembre)
La Asignación Familiar (10% de la RMV), a pesar de su naturaleza no remunerativa, es considerada en numerosas ejecutorias de las autoridades laborales, como concepto que interviene en el cálculo de todos los beneficios laborales, en tal caso habría que considerarla.

Asimismo el pago de gratificaciones está exonerado de pago de aportes pensionarios (SNP - AFP) por lo que el importe a recibir será neto. Cabe indicar que el aporte del impuesto a la renta de 5ta. categoría se mantiene, ya que siendo un cálculo anual éste se diluye en los meses del año.

A este monto se agregará la cantidad que el empleador pagaba por concepto de EsSalud (9%) que se sumará al total; en caso de estar en EPS este monto adicional será del 6.75%. (este adicional está exonerado del impuesto a la renta)

Las remuneraciones que ingresan al cálculo las puedes ver en este adjunto:


Fuente : Análisis Laboral - Noviembre 2013

DIAS NO COMPUTABLES:
  • Los días de falta injustificada
  • Los días de licencia sin goce de remuneraciones (1)
  • Los días de suspensión de labores como medida disciplinaria
  • Los días de huelga
  • Los días de huelga declarada ilegal
  • En la renuncia, los días de anticipación que no son laborados por el trabajador
(1) La ley señala que para tener derecho a percibir las gratificaciones, el trabajador tiene que estar efectivamente trabajando en la oportunidad. En el caso de estar de licencia sin goce de haber en la primera quincena de julio o diciembre, en lo estricto, no debería ser considerado en el pago de la gratificación, pero entendemos que es un vacío de la norma que se tiene que complementar con otra y que esto no debería perjudicar al trabajador, al que sin embargo si se le deberían aplicar los descuentos proporcionales.
 

CALCULO DE LA GRATIFICACION:
Se calcula en forma proporcional por cada mes completo laborado, veamos un ejemplo:

Caso 1
  • F.Ingreso : 20-06-2013
  • Remuneración: 1,000.00
  • Asign. Familiar: 75.00
  • Promedio Comisiones: 120.00 (recibió 400 en agosto y 320 en octubre, se suman los dos (720) y se divide entre 6 = 120.00 (no es necesario la regularidad de tres veces en los 6 meses)
  • Total RC : 1,195.00

Cálculo:
  • De Junio a Diciembre hay 6 meses completos (jul-dic):
    • 1,195.00 / 6 * 6 = 1,195.00
  • Aporte de EsSalud :  1,195.00 x 9% = 107.55  (en caso de EPS, el monto es 80.66)
  • Total cálculo de Gratificación: 1,195.00 + 107.55 = 1,302.55


Caso 2
  • F.Ingreso : 20-07-2013  (2)
  • Remuneración: 1,500.00
  • Asign. Familiar: 75.00
  • Promedio Horas extras: 0.00 (recibió 500 en agosto y 600 en octubre, en este caso se requiere regularidad que no alcanza ya que solo recibió en dos meses)
  • Total RC : 1,575.00

Cálculo:
  • De Julio a Diciembre hay 5 meses completos (ago-dic):
    • 1,575.00 / 6 * 5 = 1,312.50
  • Aporte de EsSalud :  1,312.50 x 9% = 118.13  (en caso de EPS, el monto es 88.59)
  • Total cálculo de Gratificación: 1,312.50 + 118.13 = 1,430.63
(2) Algunos especialistas sostienen que se debe calcular la parte proporcional de los días desde la fecha de ingreso, en nuestro ejemplo los 11 días de julio, en virtud a cierta interpretación de la norma y su reglamento. El ministerio de trabajo considera que estos días no se deben calcular.

Caso 3
  • F.Ingreso : 03-11-2013
  • F. Cese :  13-12-2013
  • Remuneración: 1,200.00
  • Asign. Familiar: 75.00
  • Comisiones: Recibió 400 en noviembre
  • Total RC : 1,275.00

Cálculo:
  • De Noviembre a Diciembre no hay meses completos
    • 1,275.00 / 6 * 0 = 0.00
  • Total cálculo de Gratificación: 0.00

Caso 4
  • F.Ingreso : 14-08-2013
  • Remuneración: 2,000.00
  • Asign. Familiar: 75.00
  • Promedio Comisiones: 160.00 (recibió 800 en agosto se divide entre 5 = 160.00 (no es necesario la regularidad de tres veces en los 6 meses, en este caso 5 meses)
  • Horas extras : Recibió en Octubre 245.00 (no ingresa al cálculo, se requiere regularidad)
  • Asignación por nacimiento de hijo : 500.00  (no ingresa al cálculo, no es computable)
  • Asignación por Transporte: 120.00 mensual  (no ingresa al cálculo, no es computable)
  • Bono especial por productividad : 1,000.00 (octubre) - (no ingresa al cálculo, no es computable)
  • Total RC : 2,235.00

Cálculo:
  • De Agosto a Diciembre hay 4 meses completos (set-dic):
    • 2,235.00 / 6 * 4 = 1,490.00
  • Aporte de EsSalud :  1,490.00 x 9% = 134.10  (en caso de EPS, el monto es 100.58)
  • Total cálculo de Gratificación: 1,490.00 + 134.10 = 1,624.10



Caso 5 (Gratificación trunca a pagar en Liquidación de Beneficios Sociales)

  • F. Ingreso : 01-07-2013
  • F. Cese : 24-11-2013
  • Faltas injustificadas: 07 (entre agosto y setiembre)
  • Subsidio : 40 días (entre octubre y noviembre)
  • Remuneración: 1,300.00
  • Asign. Familiar: 75.00
  • Promedio Comisiones: 160.00 (recibió 500 enLEY Nº 27735 agosto y 400 en setiembre = 900.00/5=180 (no es necesario la regularidad de tres veces en los 6 meses, en este caso 5 meses)
  • Asignación por Transporte: 100.00 mensual  (no ingresa al cálculo)
  • Total RC : 1,535.00
Cálculo:
  • De Julio a Noviembre hay 4 meses completos (jul-octubre):
    • 1,535.00 / 6 * 4 = 1,023.33
  • Se deben descontar las faltas:
    • 1,535.00 / 6 / 30 * 7 = 59.69
    • Monto del cálculo real =  1,023.33 - 59.69 = 963.64
  • Aporte de EsSalud :  963.64 x 9% = 86.73  (en caso de EPS, el monto es 65.05)
  • Total cálculo de Gratificación: 963.64 + 86.73 = 1,050.37

Asimismo debemos recordar lo que dice el Artículo N° 2 del Reglamento:

Artículo 2.- Configuración del derecho a gratificaciones ordinarias 
El derecho a las gratificaciones ordinarias se origina siempre que el trabajador se encuentre efectivamente laborando durante la quincena de julio o diciembre, respectivamente.

Excepcionalmente se considera tiempo efectivamente laborados los siguientes supuestos de suspensión de labores:  
  • El descanso vacacional. 
  • La licencia con goce de remuneraciones. 
  • Los descansos o licencias establecidos por las normas de seguridad social y que originan el pago de subsidios. 
  • El descanso por accidente de trabajo que esté remunerado o pagado con subsidios de la seguridad social. 
  • Aquellos que sean considerados por Ley expresa como laborados para todo efecto legal.
Adjuntamos para mayor información la ley y su reglamento.


DECRETO SUPREMO Nº 005-2002-TR 04/07/2002)
TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS

Finalmente algunos consejos para saber como gastar en estas épocas:


Si hubieran dudas, comentarios o consultas, escríbanos, encantados de atenderles.


Atentamente

El equipo de Inteligencia Laboral 

lunes, 9 de diciembre de 2013

El líder nace o se hace?


Se ha discutido mucho acerca del origen de un líder, la pregunta que nos acompaña desde hace tiempo. El líder nace o se hace?

Sin duda que hay varias características que vemos en los auténticos líderes que nos hace distinguirlos como tales, como son: 


  • La capacidad de inspirar a otros, construyendo una visión y compartirla
  • La capacidad de escuchar con atención e interés, creer en su gente
  • La empatía, ponerse "en los zapatos del otro"
  • La capacidad de anteponer los intereses del grupo, equipo o comunidad a los suyos
  • El desprendimiento
  • La inteligencia emocional
  • La inteligencia lógica
  • Amplio conocimiento de los asuntos inherentes
  • Gran capacidad de comunicación
  • Imagen limpia, etc, entre otras que podamos mencionar
Pero estas características vienen con uno?
Estamos predestinados genéticamente a ser líderes?

Es probable que por antecedentes genéticos tengamos algunas características físicas de un líder por ejemplo el tono de voz, o que nuestros padres hayan sido líderes también.

Tomás Alva Edison decía: "El genio es 1% de inspiración y 99% de transpiración".
El famoso Woody Allen decía: "El 90% del éxito se basa simplemente en insistir"

John Maxwell en su libro "El Talento nunca es suficiente", se refiere a que hay que prepararse y trabajar muy duro para alcanzar el éxito. Que hay que conocer el propósito de nuestras vidas, alcanzar nuestro máximo potencial y sembrar para que otros puedan beneficiarse.

Estamos convencidos que el liderazgo se va construyendo paso a paso con las diferentes experiencias que el futuro líder va recibiendo y que podemos distinguir en las siguientes etapas:
  1. Los valores, que son las primeras experiencias que son emanadas a través de juicios y que aprendemos a través de los padres y familiares más cercanos que nos rodean. Es necesario tener en cuenta que entre los 3 y 5 años los niños están en la mayor (y mejor) capacidad de imitar conductas y frases que luego quedarán en nuestro inconsciente como "verdades" absolutas. Los padres tenemos la gran responsabilidad de ser coherentes y darnos cuenta que nuestro ejemplo cuenta muchísimo en su desarrollo. Es aquí dónde podemos cultivar en ellos buenos hábitos como la puntualidad, decir la verdad, ser responsables con nuestras cosas, saber compartir y también otros como la lectura, lógicamente nosotros tenemos que cultivarlos también.
  2. El conocimiento, que es lo que recibe el niño en casa, en el colegio y de los amigos, en forma permanente y de todas las formas. Muchas veces el niño no preguntará si es cierto o no lo que "aprendió", es por eso que la comunicación es vital, debemos interesarnos por lo que nuestros hijos reciben como información, más aún en estas épocas de redes sociales e Internet.
  3. La experiencia,  que recibe a partir de cierta edad en que comienza a interactuar con los demás y que se prolonga durante toda la vida. Al igual que el conocimiento, la comunicación es factor clave para que estas experiencias puedan fluir por los canales adecuados y puedan servir como factor de crecimiento positivo para el niño o joven.
  4. La formación profesional, hemos creído separar esta etapa, ya que conlleva al individuo a la madurez física y emocional dónde podrá confirmar los logros y la satisfacción personal que ello conlleva, luego de las tres etapas anteriormente vividas. Aquí en esta etapa, y posteriormente a haber formado su propia familia, se renueva el ciclo.
  5. El deseo de trascender, cuándo entendemos que lo que tenemos a través de todas las etapas de nuestra vida, ya no nos pertenece y debemos volcar este contenido en el desarrollo de las personas. Esta ulterior etapa es alcanzada por los que realmente están comprometidos con sus ideales y se convierten en esos líderes inspiradores que todos estamos en capacidad de reconocer.
Todas estas etapas contribuyen de manera determinante a la formación del líder, la suma de las experiencias, conocimientos, de los "correctivos" tomados a tiempo, de la reflexión, del análisis permanente de nuestras metas y objetivos, del deseo de encontrar el bienestar auténtico, de dejar "huella" en todos aquellos que nos han seguido o siguen. 

Esto constituye en realidad la respuesta a la pregunta del título.